Agosto, 13 de 2013
La Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (CODEHUPY), denunció este lunes 12 de agosto ante el Ministerio de la Defensa Pública, al defensor público Joaquín Díaz, y a las defensoras Ruth Contreras e Inés Marcell Estigarribia de Díaz, debido a sus actuaciones en torno a la audiencia por el caso de la masacre de Curuguaty. En referencia a estas tres personas, la Codehupy solicitó a la Defensora General, Noyme Yore, realice las gestiones correspondientes para iniciar un sumario administrativo, sancionar conforme a la ley, y separarlas de sus cargos mientras dure dicho sumario.
El texto que se reproduce es un extracto de la nota
1. Respecto al Abog. Joaquín Díaz, Defensor Público de la Ciudad de Curuguaty, consideramos que el mismo ha cometido actos de negligencia grave y falta de ética profesional en el marco de Audiencia Preliminar del Caso Curuguaty, que se viene realizando desde julio de este año, en la sede del Palacio de Justicia de Asunción.
En la audiencia preliminar del Caso Curuguaty presidida por la Jueza Janine Ríos, el Defensor Público Joaquín Díaz, en la práctica actuó como un fiscal acusador más de las personas que se encuentran procesadas en el caso, avalando los argumentos, las violaciones procesales y la posición expuesta por el Fiscal del caso Jalil Rachid respecto a llevar a juicio oral y público a las personas acusadas. Esto implica claramente una violación de su rol de Defensor Público y de los principios que sustentan la creación del Ministerio de la Defensa Pública.
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El abogado Joaquin Díaz y el fiscal Rachid, minutos antes de la última audiencia. Foto: Base Is[/caption]
Además de que no corresponde su actuación como fiscal acusador, debe señalarse también que Joaquín Díaz es defensor público de algunas de las personas procesadas en el caso Curuguaty. Esto, además de ser una falta de respeto hacia sus defendidos, es una clara falta de ética profesional. A esto, debe sumarse la lamentable actuación de Joaquín Díaz al finalizar una de las jornadas de la audiencia preliminar, consistente en subirse a una silla y dirigirse desde allí con violencia verbal a personas que participaban de la audiencia preliminar en calidad de oyentes.
2. En el caso de las defensoras públicas, Abog. Ruth Contreras y Abog. Inés Marcell Estigarribia de Díaz, consideramos que las mismas han cometido actos de negligencia grave en el ejercicio de sus funciones como defensoras técnicas de la adolescente RRVO acusada en el Caso Curuguaty por Homicidio Doloso en grado de complicidad, asociación criminal e invasión de inmueble ajeno.
Tenemos suficientes elementos para señalar que las defensoras citadas más arriba no han presentado prueba alguna, ni en la etapa investigativa ni para el juicio oral y público, que pueda sostener la versión de la adolescente. Las mismas tampoco objetaron o pusieron en controversia los vicios de la acusación fiscal y las pruebas presentadas por la fiscalía que no han respetado garantías constitucionales. Inclusive, no objetaron pruebas que fueron denunciadas como notoriamente ilegales o improcedentes por la defensa de otros procesados en el caso. A todo esto, se suma el hecho que dichas defensoras plantearon un procedimiento abreviado, orientado a que la adolescente se declare culpable y obtenga una condena reducida, a pesar que la misma sostiene su inocencia en cuanto a los cargos de los que se le acusa.
Por tanto, resulta claro que ambas defensoras públicas han actuado con notoria negligencia, dejando en un estado de completa indefensión a la adolescente RRVO, y no cumpliendo así con el rol asignado a defensores públicos tanto en el Código Procesal Penal como en la Ley Orgánica del Ministerio de la Defensa Pública. En la práctica, lo que han hecho las defensoras además, es estar presentes en la audiencia preliminar por una simple cuestión formal, pero sin cumplir el rol que exige una efectiva defensa.
Ver el documento completo y original Codehupy denuncia a defensores públicos y solicita su separación del cargo