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Septiembre, 19 de 2014

“El soldado profesional está bajo tutela estatal y el militar que le infringió los golpes, es representante del Estado”

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“El soldado profesional está bajo tutela estatal y el militar que le infringió los golpes, es representante del Estado”

El pasado lunes 15 de setiembre se publicaba en medios digitales un video que registró un castigo físico de parte de un subteniente a un soldado profesional voluntario. El Servicio Paz y Justicia entregó ayer una nota al Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura para que intervenga y asegure que se realice una investigación exhaustiva de lo ocurrido.       El diario Última Hora accedió al video que a escondidas logró grabar otro soldado. El agresor fue identificado como el subteniente Gerardo Espínola, del Comando de Ingeniería, quien desde un camión en movimiento y ante la mirada de otros soldados, castiga al sargento segundo Sergio Aguilera, soldado profesional voluntario, y le propina al menos 10 azotes en la mano. Si bien en los último años mermó el castigo en los conscriptos, el año pasado se dieron varios casos de castigos corporales, como lo que pasó en la misma Academia Militar Francisco Solano López donde se instruyen los futuros profesionales militares que van a tener a su cargo a los conscriptos. Y ahora sale al tapete el caso de un soldado profesional voluntario que fue golpeado por un subteniente. En cuanto a las penas, Vidal Acevedo del Serpaj Paraguay, dijo que no pasa solamente por dictar un arresto sino llevar adelante una exhaustiva investigación y, menciona, que en la justicia civil eso tiene pena carcelaria. “El soldado profesional voluntario está bajo tutela estatal y el militar que le infringió los golpes, es representante del Estado, entonces ahí hay que hacer la investigación”. Más de 100 muertes sin aclarar “Esa misma lógica de impartir respeto a partir de un castigo o de un maltrato físico es una constante en el servicio militar por la propia estructura que se tiene, pero muy pocas veces salen a la luz como el de este soldado profesional cuyo caso sonó porque otra persona logró filmar lo que pasó”, expresó. Según Acevedo, el ámbito de la justicia militar es muy hermético y no deja entrar a la justicia civil, y este caso debería entrar en esa esfera. Dijo que el Ministerio Público debe entrar porque la tortura es un delito de lesa humanidad. “Siempre decimos que la justicia militar es como un Estado dentro de un Estado y donde la impunidad campea. Recordemos que de 147 muertos durante el SMO -registrados entre 1989 y 2012-, nada más 8 fueron condenados. Una impunidad terrible.”     Cuadros extraídos de la investigación Víctimas del Servicio Militar Obligatorio – Casos de muerte de niños soldados y conscriptos (1989 – 2012) . Movimiento Objeción de Conciencia y el Servicio de Paz y Justicia con el apoyo de Diakonia.    En este caso se violan…

  • El Estatuto Personal Militar a través de la ley 1115/97 dice en su artículo 15 que toda persona debe ser tratada con dignidad.
  • El artículo 129 de la Constitución Nacional menciona que el servicio militar deberá hacerse respetando la dignidad humana.
  • El artículo 5 de la C.N. dice que no se admitirá la tortura, que es algo fuera de la ley.
  • El código penal, en el art. 309 dice que eso tiene pena carcelaria de 5 a 25 años.
A nivel internacional…
  • La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre dice que nadie será sometido a torturas.
  • El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que en nuestro país es la ley n° 5/95, se refiere en su artículo 7 a lo mismo.
  • El Pacto San José de Costa Rica, que es la ley 1/89, ratificado por Paraguay, en el artículo 5 dice que nadie debe ser sometido a torturas.
  • La Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes (ley 69/89). En varios de sus artículos se refiere a que el Estado tiene que garantizar la dignidad de la persona y garantizar a la víctima reparación e indemnización justa porque es bajo dominio estatal.
  • La ley 933/96 de la Convención Interamericana Para Prevenir y Sancionar la Tortura. En varios de sus artículos habla de que las personas deben ser tratadas con dignidad y que no se deben infligir penas o sufrimientos físicos o mentales.
¿Qué es el Soldado Profesional Voluntario? El Soldado Profesional Voluntario, se trata de aquellos jóvenes que ya pasaron por el servicio militar obligatorio “y las FFAA utiliza como gancho la contratación donde le dan una cobertura de salud, alimentación, vestuario y un salario mínimo. El presupuesto que se destina para esto es a costa de que en otras esferas de la sociedad la gente no pueda tener acceso a mayor cobertura de la salud, educación, a vivienda digna. No puede ser que el Estado se convierta, a través de las FF.AA., en empleador de mano de obra joven porque terminan utilizando a los jóvenes como carne de cañón” opinó Vidal.

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Una organización de DD.HH. que nace como propuesta de trabajo por la paz, contra la injusticia social desde la no-violencia activa.

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